viernes, 24 de abril de 2009

Ficha tecnica: Ser y Tener




Nombre original:
Être et avoir

Dirección
: Nicolas Philibert.

País: Francia.

Año: 2002.

Duración: 104 min.

Género: Documental.

Actores: Georges Lopez, Laura, Guillaume, Julien, Jonathan, Nathalie, Olivier, Alizé, Johann, Jessie, Jojo, Marie, Létitia, Axel.

Producción ejecutiva: Gilles Sandoz.

Música: Phillippe Hersant.

Fotografía: Katell Djian y Laurent Didier.

Montaje: Nicolas Philibert.

Estreno en España: 2 Enero 2004.

Argumento:En un mundo en el que la población del planeta se aglomera en un 60 % en grandes ciudades, a veces los urbanos olvidamos el mundo rural. Un espacio humano conquistado a la naturaleza, pero en el cual la convivencia obliga a una relación no exenta de dureza. Ser y tener puede calificarse de un proyecto documental sobre la escuela rural, la escuela unitaria en la cual alumnos de diferentes edades conviven con su profesor. El film no tiene protagonistas de película, aunque sus protagonistas reales consiguen dar alma a un film lleno de humanidad. Niños de entre 4 y 10 años arropados por un ejemplar profesor vocacional con 35 años de experiencia y a punto de jubilarse. Un hombre que, más allá de recitar dictados, enseñar a dibujar o a aprender a leer y a escribir, todo en una misma aula, acompaña en estos primeros años de aventura vital a unos niños a los cuales la vida ha situado en un medio duro. Un medio en el cual con diez años un niño se maneja con sultura sobre el tractor.

Sin embargo, Ser y tener es también un homenaje a la naturaleza. Una naturaleza que acompaña en todo momento el ciclo vital de sus personajes. Empieza en el rigor del invierno y termina con el griterío estival de los vencejos sobre campos segados. El macizo central francés, en concreto el pueblo de St. Eitenne Aur Usson, de la comarca del Puy de Dôme ofrece una escenario rural puro y limpio. Un escenario en el cual sus habitantes no viven ajenos a la tecnología como el ordeño automático de las vacas. Pero, esencialmente, la vida transcurre al ritmo que marca la naturaleza. El director, el cineasta autodidáctica Nicolas Philibert crea un lenguaje rítmico, excelente y profundo que refuerza sin miedo con imágenes casi inmóviles oteando el exterior de la ecología en acción.

Ser y tener es también un paseo por el descubrir de la vida en la tierna infancia, tanto si se trata de la necesidad de lavarse bien las manos después de dibujar, como de la complejidad de enfrentarse a dejar el regazo de la escuela familiar para asistir a la escuela convencional. Mientras, los árboles se mecen cargados de nieve, los cereales bailan al son del viento y el sol de pone con magnificencia sobre un relieve dulce, pero inflexible. En definitiva, poesía cinematográfica sacada de la espontaneidad de una cámara metida en una aula pequeña como un puño. Sin embargo, en ella la vida bulle con intensidad contando las experiencias cotidianas a lo largo de un ciclo escolar. La fusión de los niños con la naturaleza tiene un poderoso simbolismo.

No es un film de ficción, porqué muestra la vida de personajes reales que viven al compás de una cámara que parece inexistente, pero casi fabula al captar la esencia de cada personaje. Desde la mocosa Alizé, al despierto Jojo, a los rivales Olivier y Julien, pasando por la inquieta Marie, de origen asiàtico, a la compleja Natalie, por sólo citar algunos de los pequeños protagonistas. Pero, todos ellos caminan en terreno firme del positivismo de su profesor que siendo real parece angélico.

Ficha técnica: Hoy empieza todo.



Género: Drama

Título Original: Ça commence aujourd´hui

Director: Bertrand Travernier

Actores: Maria Pitarresi, Phelippe Torreton, Nadia Kaci, Veronique Ataly.

Duración: 1 hora 57 minutos.

País: Francia.

Argumento: Daniel, de 40 años, es profesor y director de una escuela infantil en una población deprimida en el norte de Francia. Es un hombre sensible y tenaz que siente pasión por su trabajo, pero se encuentra atrapado en una jerarquía que no le permite extralimitarse en sus funciones como educador, viéndose obligado a seguir las normas básicas de enseñanza mientras sus alumnos van a la escuela literalmente muertos de hambre y en harapos.A pesar de los obstáculos, Daniel no se dará por vencido y conseguirá el apoyo de toda la comunidad.Una historia de coraje, constancia y valor; la lucha de una comunidad para lograr que para esos niños, en cualquier momento y lugar, hoy empiece todo

Algunas cosas que nos llama la atención:
· La escuela, algunas maestras y, por supuesto, los niños son reales. El guionista, Dominique Sampiero es profesor de instituto. El relato contiene anécdotas de su experiencia y busca retratar arquetipos y constantes de la educación: la posición de las administraciones políticas
(el alcalde comunista) y educativas (el inspector), la burocracia de los servicios públicos (excusas de la responsable de la asistencia) y la conexión entre problemas escolares y sociedad.
· Las diferentes posturas que adoptan los educadores ante los problemas: el inspector, el director que defiende las curvas de rendimiento, la profesora veterana, la novata y, especialmente, el comprometido director Daniel Lefebvre.
· Daniel, pese a su experiencia como pedagogo (y su excelente habilidad con los niños) no sabe manejar la relación con el hijo de su compañera y también le cuesta relacionarse con algunos padres. Pero nos muestra siempre su capacidad para actuar su energía contagiosa.
· El contraste entre las tiernas miradas de los niños y la brutalidad del entorno dominado por el paro, el alcoholismo, el frío y la pobreza.
· La película es una denuncia y, al mismo tiempo, un canto a la solidaridad, al coraje social y a la imaginación.
· Para acentuar esa mirada "documental" utiliza con frecuencia planos-secuencia y travellings con la cámara al hombro.

martes, 10 de marzo de 2009

CALENDARIO ESCOLAR

Articulo 1. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer determinados criterios que deberán tenerse en cuenta para la elaboración de los calendarios escolares provinciales, a partir del curso 2005/06, en lo que se refiere a la Educación Secundaria Obligatoria.

Articulo 2. Criterios.

En la elaboración de los calendarios escolares de cada provincia, para la Educación Secundaria Obligatoria, habrán de considerarse los siguientes criterios:

1. El número de días de docencia directa para el alumnado será de 175.

2. El régimen ordinario de clases comenzará el día 15 de septiembre de cada año o el primer día laborable después de este, en caso de que sea festivo.

3. La finalización del régimen ordinario de clases, incluidas las actividades relacionadas con la evaluación del alumnado, no será anterior al 22 de junio de cada año.

4. El periodo comprendido entre el .último día de clase y el 30 de junio se dedicará a la celebración de las pruebas extraordinarias para el alumnado con asignaturas no superadas, a la evaluación de este alumnado, a la elaboración de la memoria final de curso y a todos aquellos actos administrativos previstos en la normativa vigente.

Disposición adicional única. Pruebas extraordinarias.

1. No obstante lo previsto en el articulo 2.4 de la presente Orden, los Consejos Escolares de los Centros que impartan Educación Secundaria Obligatoria podrán acordar durante el mes de octubre de cada año, por mayoría absoluta de sus miembros y a propuesta de la Dirección del Centro, oído el Claustro de Profesores, que la celebración de las citadas pruebas extraordinarias para el alumnado con asignaturas no superadas, tendrán lugar del 1 al 5 de septiembre del curso académico siguiente.

2. La decisión adoptada se incluirá en el Plan Anual de Centro y los tutores o tutoras deberán informar a los representantes legales del alumnado.

3. La celebración de las pruebas extraordinarias durante el mes de septiembre en ningún caso implicará una alteración en la fecha de comienzo del régimen ordinario de clases que se establece en el artículo 2.2 de la presente Orden.

4. Los Centros Privados adecuarán, en su caso, el contenido de la presente Orden a su organización, en consideración a la legislación específica que los regula.

CLAUSTRO DE PROFESORES

Artículo 128. Composición.

1. El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.

2. El Claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.

Artículo 129. Competencias.

El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias:
a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.
b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.
c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.
f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.
i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.

lunes, 9 de marzo de 2009

Consejo Escolar

¿Qué es el consejo escolar?

El Consejo Escolar es un órgano de gobierno del centro. Está compuesto por todos los sectores de la comunidad educativa y su constitución es obligatoria en todos los centros gestionados con fondos públicos.

Cada dos años se renuevan la mitad de los representantes de cada sector a excepción de los representantes del Equipo Directivo que, como mínimo, estarán cuatro años. El director del centro será el Presidente del Consejo Escolar y el secretario tendrá voz pero no voto.

Las decisiones tomadas en el Consejo Escolar tienen que ser por mayoría simple y en caso de empate el voto de calidad es el del Presidente. En ocasiones habrá decisiones que se deberán tomar por mayoría absoluta o por una mayoría de dos tercios de los integrantes del consejo, estas serán determinadas por las administraciones públicas

¿Quienes componen el consejo escolar?

1. El Consejo Escolar de los centros públicos estará compuesto por los siguientes miembros:

a) El director del centro, que será su Presidente.
b) El jefe de estudios.
c) Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle
radicado el centro.
d) Un número de profesores, elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un
tercio del total de los componentes del Consejo.
e) Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que
no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
f) Un representante del personal de administración y servicios del centro.
g) El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.

2. Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará una persona que
impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y
mujeres.

3. Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por la
asociación de padres más representativa del centro, de acuerdo con el procedimiento que
establezcan las Administraciones educativas.


4. Corresponde a las Administraciones educativas regular las condiciones por las que los
centros que impartan las enseñanzas de formación profesional o artes plásticas y diseño
puedan incorporar a su Consejo Escolar un representante propuesto por las
organizaciones empresariales o instituciones laborales presentes en el ámbito de acción
del centro.

5. Los alumnos podrán ser elegidos miembros del Consejo Escolar a partir del primer curso
de la educación secundaria obligatoria. No obstante, los alumnos de los dos primeros
cursos de la educación secundaria obligatoria no podrán participar en la selección o el
cese del director. Los alumnos de educación primaria podrán participar en el Consejo
Escolar del centro en los términos que establezcan las Administraciones educativas.

6. Corresponde a las Administraciones educativas determinar el número total de miembros
del Consejo Escolar y regular el proceso de elección.

7. En los centros específicos de educación infantil, en los incompletos de educación
primaria, en los de educación secundaria con menos de ocho unidades, en centros de
educación permanente de personas adultas y de educación especial, en los que se
impartan enseñanzas artísticas profesionales, de idiomas o deportivas, así como en
aquellas unidades o centros de características singulares, la Administración educativa
competente adaptará lo dispuesto en este artículo a la singularidad de los mismos.

8. En los centros específicos de educación especial y en aquellos que tengan unidades de
educación especial formará parte también del Consejo Escolar un representante del
personal de atención educativa complementaria.

LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (LOE)


martes, 3 de marzo de 2009

Durante 3 de Marzo

Hemos contestado a dos preguntas:
1- ¿Qué es un pla anual de centro? ¿De qué se compone?
2- ¿Qué es la comisión de convivencia? ¿Quién la forma?

Despues hemos hecho la primera dramatización, en la que hemos sido observadoras. Ha sido una dramatización rapida, pero muy completa.

martes, 24 de febrero de 2009

Durante... 24 de Febrero


Organigrama de un IES


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